Comunicación de la Comisión relativa a las orientaciones sobre contratación cooperativa en los ámbitos de la defensa y la seguridad (Directiva 2009/81/CE sobre contratación en materia de defensa y seguridad).
Nota: Según la introducción a la Comunicación (núm. 1), en ella se analizan las posibilidades que la Directiva 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009 , sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de servicios por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad, así como la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública ofrecen a los Estados miembros para promover la cooperación en la adjudicación de contratos públicos. Pretende proponer ejemplos de hipótesis de contratación pública cooperativa en defensa que podrían ser posibles con arreglo a las disposiciones de ambas Directivas. Dichas hipótesis difieren en algunos aspectos, pero tienen un elemento común muy importante, a saber, se refieren a situaciones en las que dos o más Estados miembros (posiblemente en cooperación con uno o más terceros países) trabajan juntos, mediante acuerdos ad hoc o estructurados, en la adquisición de equipos (o servicios) militares para su uso.
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