Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica la composición de las comisiones de acreditación que intervienen en la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
Nota: Miembros de las comisiones de acreditación del programa Academia para Derecho:
Presidente: Agustín Motilla de la Calle, CU Derecho Eclesiástico, UniversidadCarlos III de Madrid.
Secretaria: Lourdes López Cumbre, CU Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Universidad de Cantabria.
Vocal: Mar Jimeno Bulnes, CU Derecho Procesal, Universidad de Burgos.
Vocal: Ana M. Tobío Rivas, CU Derecho Mercantil, Universidad de Vigo.
Vocal: Antonio José Sánchez Pino, CU Derecho Financiero y Tributario, Universidad de Huelva.
Vocal: Ma Ángeles Egusquiza Balmaseda, CU , Derecho Civil, Universidad Pública de Navarra.
Vocal: Ignacio Berdugo Gómez de la Torre, CU Derecho Penal, Universidad de Salamanca.
Vocal: José Luis Zamora Manzano, TU Derecho Romano, Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Vocal: Silvina Álvarez Medina, TU Filosofía del Derecho, Universidad Autónoma de Madrid.
Vocal: Ignacio Forcada Barona, TU Derecho Internacional Público, Universidad de Castilla-La Mancha,
Vocal: Leire Escajedo San Epifanio, TU Derecho Constitucional, Universidad del País Vasco.
Suplente: Germán José Fernández Farreres, CU Derecho Administrativo, Universidad Complutense de Madrid.
Suplente: Clara Isabel Asúa González, CU Derecho Civil, Universidad del País Vasco.
Suplente: Guillermo Portilla Contreras, CU Derecho Penal, Universidad de Jaén.
Suplente: Jordi García Viña, CU Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Universidad de Barcelona.
Suplente: Mª Inmaculada Sánchez Barrios, TU Derecho Procesal, Universidad de Salamanca.
Suplente: Mª Belén Marina Jalvo, TU, Derecho Administrativo, Universidad de Alcalá.
-Circular 7/2019, de 14 de mayo, de la Fiscalía General del Estado, sobre pautas para interpretar los delitos de odio tipificados en el artículo 510 del Código Penal.
Nota: Véase el art. 510 del Código Penal.
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