- Aspectos elementales de la oponibilidad a terceros del conocimiento de embarque en cuanto a las cláusulas de sumisión a jurisdicción y arbitraje
Diego Fierro Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia
Diario LA LEY, Nº 10684, Sección Tribuna, 14 de Marzo de 2025
Este texto ofrece un análisis exhaustivo sobre la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) del 25 de abril de 2024 en los asuntos acumulados C-345/22 a C-347/22. La sentencia aborda aspectos fundamentales relacionados con la oponibilidad a terceros de las cláusulas de sumisión a jurisdicción y arbitraje en los conocimientos de embarque. La decisión del TJUE se centra en la interpretación del artículo 25 del Reglamento (UE) n.o 1215/2012, conocido como Reglamento Bruselas I bis, y examina cómo estas cláusulas, que designan la jurisdicción o el arbitraje para la resolución de disputas, afectan a terceros que adquieren los conocimientos de embarque. Este comentario analiza la influencia de la sentencia en la práctica del transporte marítimo y las implicaciones para las partes involucradas, incluidos transportistas, aseguradoras y otros actores del comercio internacional.
Nota: Véase la sentencia del TJUE de 25 de abril de 2024, en los asuntos acumulados C‑345/22 (Maersk), C-346/22 (Mapfre España Compañía de Seguros y Reaseguros ) y C‑347/22 (Maersk), así como la entrada de este blog del día 25.4.2024.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.