Tribunal Económico-Administrativo Central, Sección Vocalía 6ª, Resolución de 18 Sep. 2018, Rec. 4667/2015: Impuesto sobre la renta de no residentes. Devoluciones a no establecidos. Obligación de acreditar el importe de las retenciones soportadas. La prueba de haber soportado las retenciones cuya devolución se reclama corresponde a los reclamantes. En el caso, no ha quedado suficientemente acreditada las retenciones cuya devolución solicitaba una entidad no residente al no venir acreditadas por certificaciones de entidades depositarias domiciliada, residente o representadas en España. Criterio reiterado.
Nº de Recurso: 4667/2015
Diario La Ley, Nº 9325, Sección Jurisprudencia, 26 de Diciembre de 2018
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