-Acuerdo Administrativo entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad del Reino de España y el Ministerio de Salud de la República Portuguesa en el ámbito del traslado internacional de cadáveres, hecho en Bayona el 22 de junio de 2015.
Nota: A pesar de lo tétrico de la materia, esta disposición tiene por objeto establecer un marco de reciprocidad en la repatriación de cadáveres por vía terrestre entre España y Portugal para la inhumación o la cremación (disposición primera).Este Acuerdo producirá efectos a partir del día 22.7.2015.
Véase la corrección de errores.
-Real Decreto 595/2015, de 3 de julio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2015-2016, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
Nota: Entre otras, esta disposición se aplica a Convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general, dirigidas a enseñanzas universitarias adaptadas al EEES conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster; a enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico; a curso de preparación para el acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por Universidades públicas; y a créditos complementarios o complementos de formación necesarios para el acceso u obtención del Máster y del Grado así como para los diplomados universitarios que deseen proseguir estudios oficiales de Licenciatura (art. 2.1).De acuerdo con la referencia del Consejo de Ministros, las líneas generales de esta norma son las siguientes:
- Se mantienen los umbrales de renta, que son los vigentes desde el año 2011.
- Se mantienen los indicadores académicos respecto al año pasado.
- Desaparece la mención a los Programas de Cualificación Profesional Inicial, que en el curso 2015-2016 serán sustituidos completamente por los nuevos ciclos de Formación Profesional Básica.
- Se regula el cómputo de las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas del juego a efectos de obtención de becas y ayudas, conforme a la normativa del IRPF.
- Se prevé la posibilidad de conceder beca para cursar enseñanzas conducentes a la obtención de un título oficial de Máster a quienes estén en posesión de un título oficial de Grado que haya sido adscrito al nivel 3 (Máster) del MECES o en posesión de un título oficial de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado o que haya obtenido la correspondencia con el mencionado nivel 3 (Máster) del MECES.
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