miércoles, 2 de septiembre de 2020

Jurisprudencia - Los solicitantes de asilo en Ceuta o Melilla tienen derecho a libre circulación por España tras ser admitida a trámite su solicitud


Tribunal Supremo, Sala de lo contencioso, Sección 5, Sentencia de 29 julio 2020, Rec. 4893/2019: Solicitud de asilo en Ceuta o Melilla. Los solicitantes de asilo desde las ciudades autónomas de Ceuta o Melilla, una vez que su solicitud es admitida a trámite, tienen derecho a la libre circulación por España. No es conforme a derecho limitar sus desplazamientos a Ceuta o Melilla.
Ponente: Herrero Pina, Octavio Juan.
Nº de Recurso: 4893/2020
Jurisdicción: Contenciosa-Administrativa
Iustel - Diario Del Derecho, 2 septiembre 2020, sección Jurisprudencia
[Texto Iustel]
[Texto en CENDOJ: Roj: STS 2497/2020 - ECLI: ES:TS:2020:2497]

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