Efectivamente, hoy 1 de septiembre entra en vigor el nuevo texto refundido de la Ley concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. Véase la entrada de este blog del día 7.5.2020.
En relación con el DIPr. cabe destacar los siguientes preceptos:
- DA 1ª del Real Decreto Legislativo: concepto de grupos de sociedades.
- Artículo 45: competencia territorial.
- Artículo 47: efectos de la declaración de concurso.
- Artículo 49: competencia por razón de radicar en España un establecimiento.
- Artículo 50: examen de oficio de la competencia.
- Artículo 51: declinatoria.
- Artículo 56: alcance internacional de la jurisdicción.
- Artículo 140.3: pactos de mediación, convenios y procedimientos arbitrales.
- Artículo 153.2: compensación.
- Libro Tercero (artículos 721 a 752): normas de DIPr.: Título I - Disposiciones generales; Título II - De la ley aplicable; Título III - Del reconocimiento de procedimientos extranjeros de insolvencia; Título IV - De la coordinación entre procedimientos paralelos de insolvencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.