- Tribunal Supremo, Sala de lo contencioso, Sección 5, Sentencia de 11 septiembre 2020, Rec. 7897/2019: A efectos de acceso a la profesión de abogado, curso de formación especializada creado por la Ley 34/2006, y reglamentado por el Real Decreto 775/2011, en el marco del Real Decreto 1393/2007 (anterior Real Decreto 56/2005), es exigible haber obtenido previamente la homologación del título habilitante obtenido en el extranjero o del título español de Grado, sin que sea conforme a derecho la realización simultánea de ambas formaciones.
Ponente: Huerta Garicano, Inés María.
Nº de Recurso: 7897/2020
Jurisdicción: Contenciosa-Administrativa
Iustel - Diario Del Derecho, 24 septiembre 2020, sección Jurisprudencia
[Texto Iustel]
[Texto en CENDOJ: Roj: STS 2810/2020 - ECLI: ES:TS:2020:2810]
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