viernes, 16 de septiembre de 2022

Bibliografía - Acuerdos conclusivos y su relación con los derechos humanos según las Convenciones Internacionales suscritas por México en materia del derecho tributario

 

- Acuerdos conclusivos y su relación con los derechos humanos según las Convenciones Internacionales suscritas por México en materia del derecho tributario
Mtro. Mateo Ovando Arias, Maestro en Métodos de solución de conflictos y derechos humanos. Universidad Juárez Autónoma de Tabasco: Villahermosa, México; Dr. Alfredo Islas Colín, Profesor Investigador en temas de Derechos Humanos. Universidad Juárez Autónoma de Tabasco: Villahermosa, México; Dr. Jesús Antonio Piña Gutiérrez, Profesor Investigador. Universidad Juárez Autónoma de Tabasco: Villahermosa, México
Diario La Ley, Nº 10132, Sección Tribuna, 16 de Septiembre de 2022
[Texto del trabajo]

Está siendo una tradición que los MASC sean aplicados en los conflictos que competen al derecho tributario, aunque en México persiste la resistencia para que sean aplicados como alternativa para la solución de conflictos, los países desarrollados como Italia, España, Francia, Estado Unidos, Inglaterra, entre otros, complementan las jurisprudencias del derecho tributario con los tratados internacionales de los derechos humanos para la solución pacífica mediante la asesoría en el ejercicio de los acuerdo conclusivos. Por eso esta investigación tiene como objetivo analizar si los acuerdos conclusivos cumplen con los requerimientos internacionales sobre los derechos humanos por medio de un estudio documental con un enfoque exploratorio-deductivo complementándolo con el método fenomenológico-analítico por medio de la revisión de la información formal o dogmático de primer y segundo nivel del sistema de convencionalidad y la obligatoriedad del derecho tributario. El acceso a la justicia está asegurado por el artículo 17 constitucional en la CPEUM, considerándolo como un derecho fundamental por medio control difuso de constitucionalidad en el ejercicio de los órganos competente de Estado. Finalmente, los acuerdos conclusivos garantizan la correspondencia tributaria del Estado y el ciudadano, vista desde el derecho humano, entra en juego lo fundamental del respeto y la defensa de la propiedad de las personas en el goce de su dignidad. Y esta visión se trasforma en colocar a la sociedad en primer plano y luego su conformación jurídica-económica en la figura del Estado.

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