- SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 7 de septiembre de 2022, en el asunto C‑624/20 (Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid): Procedimiento prejudicial — Directiva 2003/109/CE — Estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración — Ámbito de aplicación — Nacional de un tercer país que goza de un derecho de residencia en virtud del artículo 20 TFUE — Artículo 3, apartado 2, letra e) — Residencia exclusivamente por motivos de carácter temporal — Concepto autónomo del Derecho de la Unión.
Fallo del Tribunal:
"1) El artículo 3, apartado 2, letra e), de la Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración, debe interpretarse en el sentido de que el concepto de residencia «exclusivamente por motivos de carácter temporal» que en él se contempla es un concepto autónomo del Derecho de la Unión, que ha de interpretarse de manera uniforme en el territorio de todos los Estados miembros.
2) El artículo 3, apartado 2, letra e), de la Directiva 2003/109 debe interpretarse en el sentido de que el concepto de residencia «exclusivamente por motivos de carácter temporal» que en él se contempla no incluye la residencia del nacional de un tercer país en virtud del artículo 20 TFUE en el territorio del Estado miembro del que es nacional el ciudadano de la Unión de que se trate."
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