Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Acuerdo de 5 Jun. 2013: Tasas judiciales. Orden Social. Acuerdo del pleno no jurisdiccional de la Sala 4ª del TS sobre las Tasas en el orden social. Examen normativo y análisis de la regulación en la materia referida a los beneficiarios de justicia gratuíta reconocido a los trabajadores en el orden social, a los funcionarios y personal estatutario, a los beneficiarios de la Seguridad Social y a los Sindicatos. No se abordan los eventuales problemas de constitucionalidad de las normas concernidas. Conclusiones: a) NO son exigibles las tasas para la tramitación de los recursos de suplicación y casación en el Orden Social, ni al trabajador, ni al beneficiario de la Seguridad Social, ni al funcionario o personal estatutario, ni siquiera respecto de los recursos interpuestos con anterioridad al RDL 3/2013; b) Tampoco son exigibles a los Sindicatos para la interposición de recursos de suplicación o casación, bien sea unificadora, bien ordinaria, ante la Jurisdicción Social, ni siquiera respecto de recursos interpuestos con anterioridad al RDL 3/2013.
Jurisdicción: SOCIALDiario La Ley, Nº 8101, Sección Documentos de interés, 10 Jun. 2013LA LEY 52781/2013
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