Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, Sentencia de 22 Mar. 2019, Rec. 4502/2018: Reembolso de gastos médicos devengados en el extranjero. Silencio positivo de la Administración. La propia Subdirección General de Planificación Sanitaria y Aseguramiento comunicó expresamente al interesado que el Sergas resolvería su solicitud en el plazo máximo de 45 días naturales y que en caso de no recibir noticias en tal plazo se entendería autorizada la intervención. Este silencio positivo no pierde sus efectos por el hecho de que el reclamante, - acuciado por la necesidad de resolver perentoriamente sus problemas de salud-, hubiese entrado en contacto con la clínica en la que fue operado, en Burdeos, República Francesa, firmando incluso el consentimiento informado y efectuándose la intervención quirúrgica.
Ponente: Mariño Cotelo, José Manuel.
Nº de Recurso: 4502/2018
Jurisdicción: SOCIAL
Diario La Ley, Nº 9430, Sección Jurisprudencia, 6 de Junio de 2019
ECLI: ES:TSJGAL:2019:1671
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