viernes, 14 de junio de 2019

Jurisprudencia - El TEAC admite acreditar por indicios que la titularidad de lo adquirido en el extranjero lo fue con rentas declaradas hace más de 20 años


Tribunal Económico-Administrativo Central, Resolución de 16 Ene. 2019, Rec. 4253/2016: Impuesto sobre la renta de las personas físicas. Regularización del ejercicio 2012. Imputación de ganancias patrimoniales no declaradas como consecuencia de la presentación de forma extemporánea del Modelo 720 sin aportar, a juicio de la Inspección, justificación documental del origen del patrimonio en el extranjero. No procede. En el caso, la obligada tributaria, ha aportado todas las pruebas a su alcance, para intentar justificar que la titularidad de los bienes que poseía en el extranjero lo fueron con rentas ya declaradas, sin que sea posible exigirle mayor diligencia ni otorgarle la capacidad de prever las consecuencias de la falta de justificación del nexo de su actividad económica con el patrimonio en el extranjero a 2012.
Nº de Recurso: 4253/2016
Diario La Ley, Nº 9436, Sección Jurisprudencia, 14 de Junio de 2019

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