- Circular 2/2020, de 11 de junio, del Banco de España, por la que se modifica la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.
Nota: Una de la modificaciones realizadas afecta a la norma 67 de la Circular 4/2017, para eximir de remitir el estado FI 131 a aquellas sucursales en España de entidades de crédito extranjeras cuya sede central se encuentre en un Estado miembro del Espacio Económico Europeo que hayan decidido aplicar los criterios de valoración y cobertura del riesgo de crédito que utilice su sede central y así hayan informado de ello al Banco de España (véase la letra f de la norma única).[BOE n. 168, de 16.6.2020]
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