viernes, 7 de febrero de 2025

Bibliografía - El TC establece los límites para revisar un laudo arbitral en sede de anulación

 

- El Tribunal Constitucional establece los límites para revisar un laudo arbitral en sede de anulación con respecto a la correcta aplicación del Derecho de la Unión Europea
Gonzalo Fernández-Bravo y Guillermo Cabrera, Abogados de Litigación, Arbitraje y Derecho Público de Pérez-Llorca
Diario LA LEY, Nº 10660, Sección Tribuna, 7 de Febrero de 2025
[Texto del trabajo]

El Tribunal Constitucional ha dictado recientemente una nueva sentencia, en la que ha tenido la oportunidad de reiterar su doctrina en relación con las posibilidades de revisión de la fundamentación de un laudo arbitral en el marco de una acción de anulación por vulneración del orden público. Como es sabido, el Derecho de la Unión Europea tiene primacía en todos los Estados de la Unión Europea, lo que obliga a sus órganos jurisdiccionales a velar por su correcta aplicación. Desde esta perspectiva, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid acordó la anulación de un laudo arbitral por entender que el tribunal arbitral había incurrido en una errónea selección y aplicación de las normas de Derecho de la Unión Europea en materia de competencia. Considerando que estas normas estarían incluidas dentro del concepto de «orden público», el TSJ de Madrid acordó anular el laudo arbitral, y revisar la fundamentación del mismo, aplicando una solución jurídica distinta a la adoptada por el tribunal arbitral. La sentencia del TSJ de Madrid dio lugar a la interposición de un recurso de amparo, que se asentaba sobre la premisa de que el TSJ de Madrid habría incurrido en un exceso de jurisdicción, al entrar a valorar el fondo del asunto. Este recurso ha sido resuelto por el Tribunal Constitucional, confirmando su doctrina sobre los límites de los órganos judiciales en la revisión de la fundamentación de los laudos arbitrales, incluso, cuando dentro de esta fundamentación resulta aplicable el Derecho de la Unión Europea.


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