- Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia 84/2025 de 28 Ene. 2025, Rec. 8326/2022: Interés casacional. Extranjeros. Residencia temporal por razones de protección internacional. La autorización de permanencia por razones humanitarias prevista en los arts. 37.b) de la Ley de asilo se configura en el derecho español como un tercer nivel de protección dentro del marco regulador de la protección internacional. Se permite su concesión en el contexto de una solicitud de protección internacional, tras haberse denegado el asilo y la protección subsidiaria. La permanencia por razones humanitarias debe estar fundada en circunstancias excepcionales que han de ser alegadas y acreditadas por quien las invoca, pero no necesariamente vinculadas con una situación de riesgo, conflicto o inestabilidad en el país de origen, pudiendo estar relacionadas con la situación personal del solicitante de asilo y la degradación o empeoramiento que le supondría su vuelta al país de origen.
Ponente: Huet de Sande, Ángeles.
Nº de Sentencia: 84/2025
Nº de Recurso: 8326/2022
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario LA LEY, Nº 10673, Sección Sentencias y Resoluciones, 26 de Febrero de 2025
ECLI: ES:TS:2025:361
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