jueves, 5 de junio de 2025

Jurisprudencia - No puede establecerse la subida automática de la pensión de alimentos a cargo del padre para el caso de que vuelva a estar destinado en el extranjero

 

- Audiencia Provincial de La Rioja, Sentencia 80/2025 de 7 Mar. 2025, Rec. 39/2025: Rupturas matrimoniales y de parejas de hecho. Modificación de medidas. Alimentos. Cuantía de la pensión. No es correcto fijar un porcentaje en atención al aumento de la capacidad económica futura del progenitor no custodio. Con ello no se tienen en cuenta las necesidades del hijo, pues éstas no varían automáticamente por el hecho de que varíe la capacidad del alimentante. Dejación sin efecto de la sentencia de instancia en cuanto dispuso que la pensión a cargo del padre, en el supuesto de que éste aumentara sus ingresos por razón de misiones temporales en el extranjero, se incrementara automáticamente y sin necesidad de nueva resolución judicial, siendo una cantidad nunca inferior al 20,3% de sus ingresos mensuales. Si el padre vuelve a realizar su profesión en el extranjero con un aumento considerable de su salario deberá acudirse al proceso de modificación de medidas, en el que podrán solicitarse medidas provisionales, pero no existiendo ya la situación que habría justificado el incremento de la pensión, no puede acordarse ninguna modificación en previsión de un futuro incierto.

Ponente: Ferrero Hidalgo, Fernando.
Nº de Sentencia: 80/2025
Nº de Recurso: 39/2025
Jurisdicción: CIVIL
Diario LA LEY, Nº 10737, Sección La Sentencia del día, 5 de Junio de 2025
ECLI: ES:APLO:2025:154
[Texto de la sentencia]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.