- Orden VAU/653/2025, de 19 de junio, por la que se determinan los plazos y el modelo para la transmisión por parte de las plataformas en línea de alquiler de corta duración de datos a la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, de acuerdo con el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.
Nota: El Reglamento (UE) 2024/1028 establece normas armonizadas sobre el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de corta duración para facilitar el acceso por parte de las autoridades públicas a información fiable sobre estos servicios, con el objetivo de que puedan evaluar su impacto real, así como elaborar y aplicar respuestas regulatorias adecuadas y proporcionadas.
En España, la aplicación del Reglamento (UE) 2024/1028 se ha articulado mediante el Real Decreto 1312/2024, por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración (véase la entrada de este blog del día 24.12.2024).
El artículo 2.e) del Real Decreto 1312/2024 define la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos como una "pasarela digital única nacional para la transmisión electrónica de datos entre las plataformas en línea de alquiler de corta duración y las autoridades competentes, así como para informar sobre los diferentes usos, regulación y destinos de las unidades dedicadas a alquiler de corta duración en todo el territorio nacional, a través de la cual se articula en España el cumplimiento de las obligaciones de comunicación de datos recogidas en el Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024". Por su parte, el artículo 6.f) del Real Decreto 1312/2024 obliga a las plataformas en línea de alquiler de corta duración a recoger y transmitir a la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos los datos de actividad por unidad (número de noches por las que se alquila una unidad y el número de huéspedes a los que se alquila por noche la unidad junto con el país de residencia de cada huésped), junto con el número de registro facilitado por las personas arrendadoras, la dirección específica de la unidad y las URL de los anuncios publicados en sus plataformas.
De conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 6.f), en la presente orden se determinan los plazos y el modelo para la transmisión por parte de las plataformas en línea de alquiler de corta duración, de los datos a la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
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