jueves, 19 de junio de 2025

La Comisión insta a España a que ponga fin a la imposición discriminatoria de las viviendas de contribuyentes no residentes utilizadas como residencia habitual


La Comisión Europea ha decidido incoar un procedimiento de infracción, enviando una carta de emplazamiento a España [INFR(2025)4007], por no adaptar sus normas en materia de imposición sobre las viviendas de los contribuyentes no residentes utilizadas como residencia habitual a la libre circulación de trabajadores (artículo 45 del TFUE y artículo 28 del Acuerdo EEE) y a la libre circulación de capitales (artículo 63 del TFUE y artículo 40 del Acuerdo EEE). 

Mientras que los contribuyentes residentes no están sujetos a un impuesto por la renta que se considera atribuible a sus viviendas utilizadas como residencia habitual, los contribuyentes no residentes deben pagar un impuesto sobre la renta del 2 por 100 del valor catastral de sus viviendas utilizadas como residencia habitual. 

Por tanto, la Comisión enviará una carta de emplazamiento a España, que dispone de dos meses para responder a ella y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión. De no recibirse respuestas satisfactorias, la Comisión podría optar por emitir un dictamen motivado.

 

Fuente: Comisión Europea, "Paquete de procedimientos de infracción de junio: principales decisiones", 18 de junio de 2025 [comunicado de prensa].

 

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