viernes, 3 de diciembre de 2021

DOUE de 3.12.2021


- Reglamento Delegado (UE) 2021/2126 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2021, que modifica el anexo del Reglamento (UE) 2019/452 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un marco para el control de las inversiones extranjeras directas en la Unión.

Nota: El artículo 8 del Reglamento (UE) 2019/452 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, para el control de las inversiones extranjeras directas en la Unión, regula las inversiones extranjeras directas que puedan afectar a proyectos o programas de interés para la Unión. De acuerdo con el artículo 8.3, entre los proyectos o programas de interés para la Unión se cuentan aquellos que implican una cantidad importante o un porcentaje considerable de financiación de la Unión, o que están regulados por el Derecho de la Unión en materia de infraestructuras críticas, tecnologías críticas o insumos fundamentales que sean esenciales para la seguridad o el orden público. La lista de proyectos o programas de interés para la Unión a que se hace referencia en el artículo 8.3 figura en el anexo de dicho Reglamento.
Mediante la presente disposición se modifica el anexo del Reglamento 2019/452.

[DOUE L432, de 3.12.2021]

- Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) 

Nota: Véase el Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016.
En relación con la actualización de las cantidades de referencia véanse DOUE C247, de 13.10.2006, p. 19; DOUE C153, de 6.7.2007, p. 22; DOUE C182, de 4.8.2007, p. 18; DOUE C57, de 1.3.2008, p. 38; DOUE C134, de 31.5.2008, p. 19; DOUE C37, de 14.2.2009, p. 8; DOUE C98, de 29.4.2009, p. 11; DOUE C35, de 12.2.2010, p. 7 y DOUE C304, de 10.11.2010, p. 5; DOUE C24, de 26.1.2011, p. 6; DOUE C157, de 27.5.2011, p. 8; DOUE C203, de 9.7.2011, p. 16; DOUE C11, de 13.1.2012, p. 13; DOUE C72, de 10.3.2012, p. 44; DOUE C199, de 7.7.2012, p. 8; DOUE C298, de 4.10.2012, p. 3; DOUE C56, de 26.2.2013, p. 13; DOUE C98, de 5.4.2013, p. 3; DOUE C269, de 18.9.2013, p. 2; DOUE C57, de 28.2.2014, p. 1; DOUE C152, de 20.5.2014, p. 25; DOUE C224, de 15.7.2014, p. 31; DOUE C434, de 4.12.2014, p. 3; DOUE C447, de 13.12.2014, p. 32; DOUE C38, de 4.2.2015, p. 20; DOUE C96, de 11.3.2016, p. 7; DOUE C146, de 26.4.2016, p. 12; DOUE C248, de 8.7.2016, p. 12; DOUE C111, de 8.4.2017, p. 11; DOUE C21, de 20.1.2018, p. 3; DOUE C93, de 12.3.2018, p. 4; DOUE C153, de 2.5.2018, p. 8; DOUE C186, de 31.5.2018, p. 10; DOUE C264, de 26.7.2018, p. 6; DOUE C366, de 10.10.2018, p. 12; DOUE C459, de 20.12.2018, p. 38; DOUE C140, de 16.4.2019, p. 7; DOUE C178, de 28.5.2020, p. 3; DOUE C102, de 24.3.2021, p. 8.

[DOUE C486, de 3.12.2021]

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