- Corrección de erratas de la Ley 16/2021, de 14 de diciembre, por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
Nota: Véase la Ley 16/2021, de 14 de diciembre, así como la entrada de este blog del día 15.12.2021.
- Orden ICT/1408/2021, de 14 de diciembre, por la que se modifica el artículo 47 de la Orden de 28 de mayo de 2001, del Ministerio de Economía, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización.
Nota: El artículo 47 de la Orden de 28 de mayo de 2001 del Ministerio de Economía estableció los procedimientos de las declaraciones a realizar por los titulares de la inversión en valores negociables en los que el depósito o cuenta de valores se halle abierto en una entidad no residente o cuando éstos se hallen bajo custodia de su titular. Este artículo obliga a la realización de una declaración anual de la situación a 31 de diciembre de dichos valores. Asimismo, incluye la obligación de declarar las operaciones en tales valores siempre que la participación del inversor en una sociedad sea igual o superior al diez por ciento antes o después de la operación o cuando no alcanzándose dicho porcentaje permita al inversor formar parte de su órgano de administración o si la inversión supera 1.501.530,27 de euros. El modelo a utilizar para dichas declaraciones de posición y de operaciones es el modelo D-6. De acuerdo con el citado artículo 47, mediante el modelo D-6 se realizan las declaraciones de stock cada año de forma obligatoria, independientemente del valor del depósito o cuenta de valores; y las declaraciones de flujos, exclusivamente en los supuestos señalados en el párrafo anterior.
Durante los años posteriores a la entrada en vigor de la Orden de 2001 el número de declaraciones con el modelo D-6 se mantuvo en unos niveles bajos, habiendo crecido mucho en los últimos años. El aumento se ha producido sobre todo en el número de declaraciones de stock anuales, pasando de unos miles de documentos a más de 54.000 documentos en el año 2021.
Con la finalidad de reducir la carga administrativa y acompasar la tramitación de declaraciones a los recursos disponibles, se ha considerado adecuado modificar los apartados 2 y 4 del artículo 47 de la Orden 2001. De este modo, por un lado se establecen nuevos límites a la obligación de declarar las operaciones de flujos y, por otro lado, se establecen límites (inexistentes hasta ahora) que obligan a realizar las declaraciones de stock. En ambos casos, flujos y stock, será obligatorio declarar la inversión cuando tenga un valor igual o superior al 10% del capital o de sus derechos de voto.
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