miércoles, 14 de junio de 2023

BOE de 14.6.2023

- Real Decreto 442/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, y por el que se traspone parcialmente la Directiva (UE) 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que respecta a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de sociedades.

Nota: La interconexión de los registros mercantiles en los Estados miembros es un elemento esencial para la digitalización, y se materializó con la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades, y con la creación del Sistema de Interconexión de Registros centrales, mercantiles y de sociedades de todos los Estados miembros (SIRM o BRIS), operativo desde junio de 2017, que ha permitido la interoperabilidad y la contratación pública electrónica plena. La Comisión Europea ha seguido trabajando en esta línea de la digitalización societaria, como lo demuestra la aprobación de la Directiva 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo con el fin de fomentar la competitividad y productividad de las empresas y una mayor adaptación a los cambios y mejoras tecnológicas debido, principalmente, a que aún existen diferencias significativas entre los Estados miembros en lo que respecta a la disponibilidad de herramientas en línea que permitan a empresarios y sociedades comunicarse con las autoridades sobre cuestiones de Derecho de sociedades. La Directiva aborda estos desafíos mediante un sistema de constitución de sociedades de capital íntegramente en línea, proporcionando documentos estandarizados para simplificar la operación y extendiendo el procedimiento íntegramente en línea a todo el ciclo de vida de la sociedad, incluyendo el registro de sucursales. Ello afecta sin duda al sistema de publicidad registral, al funcionamiento de los registros mercantiles y al coste del servicio prestado y, en consecuencia, al Registro de sociedades y al Registro de sucursales en lo que se refiere a un procedimiento íntegramente electrónico. Véase la entrada de este blog del día 11.7.2019.

A nivel nacional, esta digitalización societaria ha experimentado cambios. Muestra de ello es la introducción de sistemas telemáticos para la constitución de empresas y la presentación de trámites asociados al inicio de actividades. Aunque el procedimiento de constitución telemática en España sea ágil y no excesivamente costoso, lo cierto es que exige la comparecencia personal ante la notaría de los fundadores (o sus representantes), al igual que los procedimientos de modificación posteriores a la constitución, que, como regla general, exigen la presencia física ante notario de los administradores, o de un apoderado con poder suficiente. En consecuencia, el régimen de constitución telemática vigente en nuestro ordenamiento jurídico ha sido modificado en algunos aspectos, para poder cumplir con el mandato del legislador europeo de contemplar un procedimiento íntegramente online, aplicable tanto al momento de constitución, como a las modificaciones societarias posteriores y al registro de sucursales por parte de solicitantes que sean ciudadanos de la Unión Europea mediante la Ley 11/2023. En línea con esta actualización normativa por la que se adapta la legislación mercantil estatal a lo previsto en la Directiva, es preciso realizar igualmente una modificación del Reglamento del Registro Mercantil (RRM) que complete la transposición de aquella en lo que se refiere a los registros de sucursales de otros Estados miembros de forma electrónica y que ya se ha realizado parcialmente con la Ley 11/2023.

El artículo único de este Real Decreto modifica el título II del Reglamento del Registro Mercantil, para adaptar el ordenamiento interno a la Directiva (UE) 2019/1151 en lo que se refiere a interconexión de registros, constitución en línea y registro de sucursales, completando así lo previsto en la ley que complementa asimismo la transposición de la Directiva.

- Real Decreto 443/2023, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan las exenciones fiscales relativas a las Fuerzas Armadas de los Estados miembros de la Unión Europea afectadas a un esfuerzo de defensa en el ámbito de la política común de seguridad y defensa y se establece el procedimiento para su aplicación, y por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio.

Nota: Esta norma aprueba el Reglamento por el que se desarrollan las exenciones fiscales relativas a las fuerzas armadas de los Estados miembros de la Unión Europea afectadas a un esfuerzo de defensa en el ámbito de la política común de seguridad y defensa y se establece el procedimiento para su aplicación. En el mismo sentido, modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995.

[BOE n. 141, de 14.6.2023]


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