- Regulación esencial de los visados en el nuevo Reglamento de Extranjería
Jose M.ª Pey González, Abogado, vocal de la Subcomisión de Extranjería y Protección Internacional del CGAE por el Consejo Vasco de la Abogacía y profesor del Master en acceso a la abogacía y la procura de la Universidad de Deusto y la Escuela de Práctica Jurídica del Iltre. Colegio de la Abogacía de Vizcaya
Diario LA LEY, Nº 10636, Sección Tribuna, 2 de Enero de 2025
[Texto del trabajo]
Se examina la regulación que de los visados se realiza en el Título II del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, toda vez que uno de los requisitos para la entrada del extranjero en territorio español o en cualquier Estado miembro de la UE, es estar en posesión de un visado válido.
Nota: Véase el título II del Real Decreto 1155/2024, así como la entrada de este blog del día 20.11.2024.
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