lunes, 18 de mayo de 2020

DOUE de 18.5.2020


- Comunicación de la Comisión Aprobación del contenido de un proyecto de Reglamento de la Comisión que modifica el Reglamento (UE) n.o 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Nota: El 11 de mayo de 2020, la Comisión ha aprobado el contenido de un proyecto de Reglamento de la Comisión que modifica el Reglamento (UE) n. 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
El proyecto de la Comisión, que se adjunta como anexo de la presente Comunicación, está abierto a consulta pública en este enlace.
- Exenciones nacionales de las disposiciones nacionales de transposición de la Directiva (UE) 2015/849en favor de los proveedores de servicios de juegos de azar Lista de los Estados miembros que han decidido eximir a los proveedores de determinados servicios de juegos de azar del cumplimiento de las disposiciones nacionales de transposición de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
Nota: Si un Estado miembro decide eximir, total o parcialmente, a los proveedores de determinados servicios de juegos de azar del cumplimiento de las disposiciones nacionales de transposición de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, notificará esta decisión a la Comisión, junto con una justificación basada en una evaluación de riesgos específica. Todo Estado miembro podrá efectuar dicha notificación o revocarla en cualquier momento. La Comisión comunicará esas decisiones a los demás Estados miembros.

Este texto ha sido sustituido por el publicado en el DOUE C251, de 31.7.2020 (véase la entrada de este blog del día 31.7.2020).
[DOUE C170, de 18.5.2020]

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