lunes, 22 de marzo de 2021

Jurisprudencia - No es posible compatibilizar pensión y trabajo si éste se va a realizar en el extranjero

 

- Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Málaga, Sala de lo Social, Sentencia 1758/2020 de 28 Oct. 2020, Rec. 517/2020: Jubilación activa. Pensión de jubilación activa compatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia del pensionista. La realización de un trabajo compatible sólo puede ser entendido como a realizar dentro del territorio nacional, tanto por la finalidad como por los condicionantes que legalmente se establecen. Difícilmente podría contribuirse a la sostenibilidad del Sistema de S.S. si la cotización no se realiza en España, sino en en otro Estado.

Ponente: Utrera Martín, Ernesto.
Nº de Sentencia: 1758/2020
Nº de Recurso: 517/2020
Jurisdicción: SOCIAL
Diario La Ley, Nº 9815, Sección Jurisprudencia, 22 de Marzo de 2021
ECLI: ES:TSJAND:2020:14505

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