- Decreto-ley 23/2020 de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 23 de diciembre, por el que se modifica la normativa de atención a la infancia para adaptar los centros de atención inmediata como dispositivos de emergencia para el acogimiento de menores extranjeros no acompañados.
Nota: El artículo 1 modifica el artículo 53 de la Ley 1/1997 de la Comunidad Autónoma de Canarias, de Atención Integral a los Menores, para dar nueva redacción a la regulación de la atención inmediata, a fin de contemplar no solo a las personas menores de edad sometidas a tutela de la Administración, sino igualmente a los menores extranjeros no acompañados derivados por la Policía o por el Ministerio Fiscal a los servicios de atención a la infancia de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Por su parte, el artículo 2 modifica el artículo 14 del Reglamento de organización y funcionamiento de los centros de atención a menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria, aprobado por el Decreto 40/2000, con el objeto de actualizar la redacción de este precepto en cuanto a la capacidad de los centros de atención inmediata, posibilitando que en caso que de manera coyuntural la demanda de acogida lo requiriese, la Administración competente pueda autorizar o habilitar otros recintos ya en funcionamiento de mayor capacidad, como albergues juveniles, residencias de estudiantes u otros establecimientos de uso colectivo similar, de manera que sean aptos para este uso de acogida inmediata, siempre y cuando se respeten las medidas de aforo y ocupación autorizadas de cada uno de ellos.
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