miércoles, 23 de diciembre de 2020

Jurisprudencia - Plazo de ejercicio de la acción de responsabilidad por daños en el transporte multimodal internacional de mercancías con una fase por carretera y otra por mar

 - Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia 495/2020 de 28 Sep. 2020, Rec. 5119/2017: Transporte. Plazo de ejercicio de la acción de responsabilidad por daños en el transporte multimodal internacional de mercancías, con una fase de transporte internacional por carretera y otra de transporte marítimo internacional en régimen de conocimiento de embarque, cuando no se ha determinado en qué fase se produjo el hecho causante del daño. Dado que en la fecha en que sucedieron los hechos enjuiciados no existía ninguna norma que regulase el plazo de ejercicio de la acción, ha de aplicarse el régimen menos gravoso para el cargador. En concreto, es aplicable el régimen que para el ejercicio de la acción de indemnización de los daños causados en el transporte establece el Convenio relativo al transporte internacional de mercancías por carretera (CMR). Este, en su art. 32, establece un plazo de prescripción de un año, susceptible de interrupción.

Ponente: Sarazá Jimena, Rafael.
Nº de Sentencia: 495/2020
Nº de Recurso: 5119/2017
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 9760, Sección Jurisprudencia, 23 de Diciembre de 2020
ECLI: ES:TS:2020:3026

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