- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea admite que a los extranjeros en situación irregular en España se les imponga una multa en lugar de la expulsión
Benjamín Górriz Gómez, Juez sustituto
Diario La Ley, Nº 9750, Sección Tribuna, 9 de Diciembre de 2020
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en reciente sentencia de fecha 8 de octubre de 2020 (Sala Sexta, cuestión prejudicial C-568/19), dictada en cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, admite que a los extranjeros en situación irregular en España (sin permiso de estancia o residencia), se les pueda imponer una sanción de multa y no necesariamente la de expulsión.
Nota: Véase la sentencia del TJUE (Sala Sexta) de 8 de octubre de 2020, asunto C‑568/19 (Subdelegación del Gobierno en Toledo), ECLI:EU:C:2020:807, así como la entrada de este blog del día 8.10.2020.
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